F.E. Médico/a UGS · OPE Osakidetza 2026
Pregunta 475 de Temario Específico F.E. Médico/a UGS
Bloque 19 - Casos: gestión, consentimiento y codificaciónSALUD INTEGRAL S.L. es la empresa titular de una clínica ginecológica en la que prestan servicios laborales por cuenta ajena 10 personas, incluyendo 5 profesionales de la medicina especialistas. La clínica tiene un volumen medio de unas 3.000 consultas/año y tiene registrados datos personales (incluyendo sus historias clínicas) de 3.575 personas pacientes desde su apertura en 1990. ¿Tiene obligación legal esta clínica ginecológica de nombrar una persona delegada de protección de datos? Marcar la única respuesta correcta:
NO, ya que, conforme a lo dispuesto en el art. 34.1 l) de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y de garantía de derechos digitales, aunque la clínica es un centro sanitario legalmente obligado al mantenimiento de las historias clínicas de las pacientes, no es un centro HOSPITALARIO.
SÍ, ya que, conforme a lo dispuesto en el art. 34.1 l) de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y de garantía de derechos digitales, la clínica es un centro sanitario legalmente obligado al mantenimiento de las historias clínicas de las pacientes y, en este caso, los y las profesionales que ejercen su actividad en la misma NO lo hacen a título INDIVIDUAL.
NO, ya que, conforme a lo dispuesto en el art. 36.1 l) de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y de garantía de derechos digitales, la clínica no es un centro sanitario.
SÍ, ya que, conforme a lo dispuesto en el art. 34.1 l) de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y de garantía de derechos digitales, TODO centro o profesional de la sanidad, SIN EXCEPCION, AUNQUE EL O LA PROFESIONAL EJERZA LA ACTIVIDAD A TITULO INDIVIDUAL, debe nombrar a una persona Delegada de Protección de Datos, por tratar datos de salud.
Respuesta correcta
Respuesta correcta: opción B, SÍ, ya que, conforme a lo dispuesto en el art. 34.1 l) de la Ley Orgánica 3/2018 de protección de datos y de garantía de derechos digitales, la clínica es un centro sanitario legalmente obligado al mantenimiento de las historias clínicas de las pacientes y, en este caso, los y las profesionales que ejercen su actividad en la misma NO lo hacen a título INDIVIDUAL.
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