Opospedia
Temario Específico Trabajador/a Social

Trabajador/a Social · OPE Osakidetza 2026

Pregunta 478 de Temario Específico Trabajador/a Social

Bloque 20 - Protección de menores, diagnóstico y cartera social

El artículo 2 de la ley orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, señala que, en la aplicación del interés superior del/de la menor por parte de Tribunales u órganos legislativos:

a

Será tenido en cuenta en la misma medida que otros intereses legítimos que pudieran concurrir.

b

Serán analizados los diferentes intereses que puedan concurrir, especialmente el de las personas progenitoras o instituciones con menores a cargo dada su mayoría de edad.

c

Primará el interés superior de los/las menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.

d

No será de aplicación salvo casos excepcionales determinados previamente.

Respuesta correcta

Respuesta correcta: opción C, Primará el interés superior de los/las menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir.

La explicación detallada está disponible al crear una cuenta.

Las respuestas de Opospedia son una propuesta de estudio, no una plantilla oficial de Osakidetza. Consulta las fuentes, las revisiones y cómo avisarnos de un error.

Más preguntas de este tema

Pregunta 476

Según la ley 8/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia, toda medida en el interés superior del/de la menor deberá tener en cuenta lo siguiente:

Pregunta 477

La ley 8/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia, en lo relativo al acogimiento residencial en centros de protección específicos de menores con problemas de conducta, aprueba:

Pregunta 479

Según el capítulo IV de la ley orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, el acogimiento residencial en centros de protección específicos de menores con problemas de conducta se realizará:

Pregunta 480

Según el capítulo IV de la ley orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, las medidas de contención a aplicar en los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta, podrán ser:

Esta pregunta forma parte del banco abierto de Opospedia. Al crear una cuenta puedes guardar progreso, lanzar tests aleatorios y repasar fallos.