Opospedia
Temario Específico F. Técnico/a Farmacéutico/a

F. Técnico/a Farmacéutico/a · OPE Osakidetza 2026

Pregunta 464 de Temario Específico F. Técnico/a Farmacéutico/a

Bloque 19 - Casos prácticos: contratación y revisión farmacoterapéutica

CASO 3 Se avisa al equipo de atención primaria por una caída en una paciente domiciliaria y en la movilización presenta mucho dolor, lo que hace sospechar de una posible fractura a causa de la caída sufrida. Se trata de una mujer de 93 años, crónica compleja. Deterioro cognitivo, GDS 5 y Barthel 70 (dependencia leve). Antecedentes patológicos: -Problema de salud (año de diagnóstico) Hipertensión primaria (HTA) (1997), insuficiencia renal crónica (2022), hipercolesterolemia (2012), neoplasia de mama (2021), anemia ferropénica (2022), incontinencia de orina (2022), hipotiroidismo subclínico (2011), gammapatía monoclonal (2022), demencia (2021), agitación (2022). Parámetros clínicos relevantes: Última analítica (10/2022): Hemoglobina 10,9 g/dl, Fe (II +III) 29,82, mcg/dl, ferritina 120 ng/dl, creatinina sérica 2,42 mg/dl, filtrado glomerular estimado 16,72 ml/min (10/2022), albumina/creatinina 13,27, K+ 3,8 meq/l, Na+ 139 meq/l, TSH 1,44, CT 218 mg/dl, cLDL 135 mg/dl, HDL 73 mg/dl, IMC 23,87 kg/m2. Tensión arterial (TA): últimos controles 2023 (144/65 y 99/43 mmHg). Tratamiento farmacológico actual: • Enalapril/Hidroclorotiazida 20/12,5 mg/24h. • Citalopram 20 mg/24h. • Lorazepam 1 mg/noche. • Quetiapina 25 mg 1,5/día. • Levotiroxina 88 mcg/día 5 días a la semana y 100 mcg/día el fin de semana. • Lezotrol 2,5 mg/día. • Absorbente de incontinencia de orina DÍA anatómico: 2/día. En base al caso expuesto, se le solicita que responda a las siguientes cuestiones: Como consecuencia de la caída, la paciente ingresa con una fractura de pelvis. El tratamiento para el dolor al alta hospitalaria es el siguiente: paracetamol 650 mg/8h, tramadol 100 mg/ml, 10 gotas/8h, metamizol 575 mg (medicación de rescate, si dolor) que se añade a la farmacoterapia de la paciente. ¿Es adecuado el tratamiento para el dolor pautado para esta paciente?

a

Se debería haber pautado un AINE antes que el tramadol.

b

La dosis de paracetamol debería ser de 1g cada 8h.

c

Es adecuado teniendo en cuenta las características y la intensidad del dolor de la paciente.

d

Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Respuesta correcta

Respuesta correcta: opción D, Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

La explicación detallada está disponible al crear una cuenta.

Las respuestas de Opospedia son una propuesta de estudio, no una plantilla oficial de Osakidetza. Consulta las fuentes, las revisiones y cómo avisarnos de un error.

Más preguntas de este tema

Pregunta 451

CASO 1 Osakidetza se plantea la compra centralizada de un medicamento X, para lo que inicia un expediente al objeto de proceder al suministro de dicho medicamento dirigido a todas las Organizaciones de Servicios de Osakidetza y centros sanitarios de titularidad privada y sin ánimo de lucro, ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, dentro del marco previsto en el artículo 30 de la ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que suscriban un convenio de vinculación con Osakidetza/Servicio vasco de salud. De acuerdo con la plataforma de Contratación de Euskadi y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se le solicita que responda a las siguientes cuestiones: Dentro de los tipos de ficheros que se pueden visualizar en el perfil contratante de la plataforma de contratación NO está

Pregunta 452

CASO 1 Osakidetza se plantea la compra centralizada de un medicamento X, para lo que inicia un expediente al objeto de proceder al suministro de dicho medicamento dirigido a todas las Organizaciones de Servicios de Osakidetza y centros sanitarios de titularidad privada y sin ánimo de lucro, ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, dentro del marco previsto en el artículo 30 de la ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que suscriban un convenio de vinculación con Osakidetza/Servicio vasco de salud. De acuerdo con la plataforma de Contratación de Euskadi y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se le solicita que responda a las siguientes cuestiones: En la resolución de aprobación del expediente, la persona Directora General de Osakidetza:

Pregunta 453

CASO 1 Osakidetza se plantea la compra centralizada de un medicamento X, para lo que inicia un expediente al objeto de proceder al suministro de dicho medicamento dirigido a todas las Organizaciones de Servicios de Osakidetza y centros sanitarios de titularidad privada y sin ánimo de lucro, ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, dentro del marco previsto en el artículo 30 de la ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que suscriban un convenio de vinculación con Osakidetza/Servicio vasco de salud. De acuerdo con la plataforma de Contratación de Euskadi y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se le solicita que responda a las siguientes cuestiones: Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sobre la exigencia de garantía provisional:

Pregunta 454

CASO 1 Osakidetza se plantea la compra centralizada de un medicamento X, para lo que inicia un expediente al objeto de proceder al suministro de dicho medicamento dirigido a todas las Organizaciones de Servicios de Osakidetza y centros sanitarios de titularidad privada y sin ánimo de lucro, ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi, dentro del marco previsto en el artículo 30 de la ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, que suscriban un convenio de vinculación con Osakidetza/Servicio vasco de salud. De acuerdo con la plataforma de Contratación de Euskadi y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se le solicita que responda a las siguientes cuestiones: El objeto del expediente es un medicamento huérfano de reciente comercialización, para el que no existe alternativa o sustituto razonable. En esta ausencia de competencia (que no es consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato) se justifica iniciar un:

Esta pregunta forma parte del banco abierto de Opospedia. Al crear una cuenta puedes guardar progreso, lanzar tests aleatorios y repasar fallos.