F.E. Médico/a Emergencias · OPE Osakidetza 2026
Pregunta 101 de Temario Específico F.E. Médico/a Emergencias
Bloque 05 - Historia clínica, humanización y bioéticaDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a:
A garantizar una asistencia adecuada a la persona paciente.
A registrar con fines estadísticos las acciones realizadas en una persona paciente.
A permitir el acceso restringido a cualquier profesional de la salud.
A permitir que la persona paciente pueda otorgar el consentimiento informado de manera electrónica.
Respuesta correcta
Respuesta correcta: opción A, A garantizar una asistencia adecuada a la persona paciente.
La explicación detallada está disponible al crear una cuenta.
Las respuestas de Opospedia son una propuesta de estudio, no una plantilla oficial de Osakidetza. Consulta las fuentes, las revisiones y cómo avisarnos de un error.
Más preguntas de este tema
Pregunta 102
En cuanto al acceso a la historia clínica de las personas pacientes:
Pregunta 103
En cuanto al acceso y uso de los/las profesionales a la historia clínica, señale la INCORRECTA:
Pregunta 104
En el procedimiento de acceso por profesionales de centros y servicios sanitarios con finalidad asistencial. Señale la INCORRECTA:
Pregunta 105
Sobre el acceso a la historia clínica, señale la respuesta CORRECTA:
Esta pregunta forma parte del banco abierto de Opospedia. Al crear una cuenta puedes guardar progreso, lanzar tests aleatorios y repasar fallos.