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Temario Específico F.E. Médico/a Emergencias

F.E. Médico/a Emergencias · OPE Osakidetza 2026

Pregunta 104 de Temario Específico F.E. Médico/a Emergencias

Bloque 05 - Historia clínica, humanización y bioética

En el procedimiento de acceso por profesionales de centros y servicios sanitarios con finalidad asistencial. Señale la INCORRECTA:

a

El acceso a la documentación de la historia clínica por el personal de los centros o servicios sanitarios tendrá́ un carácter selectivo en consideración a la categoría profesional, al tipo de datos y al lugar o puesto de trabajo en relación con los procesos asistenciales realizados.

b

Los sistemas de información de la historia clínica de los centros sanitarios identificarán de forma inequívoca y personalizada a toda persona profesional que intente acceder a la información contenida en la historia clínica de una persona como paciente o persona usuaria y verificarán su autorización.

c

Las y los profesionales sanitarios que realizan el diagnóstico o el tratamiento de la persona paciente tienen acceso indirecto y diferido a las historias clínicas y a la información clínica incluida en las mismas en cumplimiento de sus funciones de prevención o diagnóstico médico, o de prestación de asistencia sanitaria o tratamientos médicos ya que debe existir autorización de la persona paciente.

d

Cuando el acceso es solicitado por las y los profesionales sanitarios de otros centros o servicios sanitarios diferentes al que custodia la historia clínica se necesitará la justificación explícita sobre sus fines asistenciales.

Respuesta correcta

Respuesta correcta: opción C, Las y los profesionales sanitarios que realizan el diagnóstico o el tratamiento de la persona paciente tienen acceso indirecto y diferido a las historias clínicas y a la información clínica incluida en las mismas en cumplimiento de sus funciones de prevención o diagnóstico médico, o de prestación de asistencia sanitaria o tratamientos médicos ya que debe existir autorización de la persona paciente.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, la historia clínica es un instrumento destinado fundamentalmente a:

Pregunta 102

En cuanto al acceso a la historia clínica de las personas pacientes:

Pregunta 103

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Pregunta 105

Sobre el acceso a la historia clínica, señale la respuesta CORRECTA:

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